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Aborto por violación en Ecuador: requisitos y cómo pedirlo

Qué pide hoy la ley para un aborto por violación en Ecuador: plazo de 12 semanas, art. 19 suspendido, menores, gratuidad y cómo pedirlo en el MSP o IESS.

Revisión médica: Dr. Denis Sánchez, Ginecología y Obstetricia (Quito). Revisado el 26 de octubre de 2026 con fuentes oficiales (MSP, ARCSA, OMS). Política editorial · Correcciones.

Respuesta rápida

En Ecuador, si el embarazo es producto de una violación, puedes pedir la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 12 semanas de gestación en cualquier establecimiento de salud. Los requisitos del artículo 19 de la ley (denuncia, declaración juramentada o examen médico) están suspendidos provisionalmente por la Corte Constitucional desde noviembre de 2022, así que, según la última información pública disponible, lo que se exige es tu consentimiento informado por escrito. En los establecimientos públicos es gratuito.

¿Quién puede pedir un aborto por violación en Ecuador?

Cualquier niña, adolescente o mujer cuyo embarazo sea consecuencia de una violación. Desde la sentencia 34-19-IN/21 de la Corte Constitucional (abril de 2021), el aborto por violación no es punible para ninguna mujer, no solo para las mujeres con discapacidad mental, como decía antes el COIP. La Corte aclaró además que no hace falta esperar una sentencia condenatoria contra el agresor. Si quieres el marco legal completo, revisa el marco legal del embarazo en Ecuador.

La norma que regula el procedimiento es la Ley Orgánica que Regula la Interrupción Voluntaria del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en caso de Violación, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial 53, del 29 de abril de 2022.

¿Hasta cuántas semanas se puede hacer?

El artículo 18 fija un plazo de hasta 12 semanas de gestación. La Asamblea había aprobado 18 semanas para niñas, adolescentes y mujeres de zonas rurales, pero el veto parcial del presidente Guillermo Lasso dejó un plazo único de 12 semanas para todas. Las 18 semanas no están vigentes. La única excepción son las personas con discapacidad mental, a quienes se aplican las buenas prácticas médicas en lugar del límite de semanas.

Por eso es importante acudir cuanto antes: la edad gestacional se confirma en el establecimiento de salud.

¿Necesito poner una denuncia para abortar por violación?

Según la última información pública disponible, no. El artículo 19 pedía uno de estos tres requisitos, y la Corte Constitucional lo suspendió de forma provisional (auto de la Sala de Admisión del 11/11/2022, causa 76-22-IN, notificado el 28/11/2022) mientras resuelve las demandas de inconstitucionalidad:

Lo que pedía el art. 19Situación actual
Denuncia del delito ante la FiscalíaSuspendido: no puede exigirse para atenderte
Declaración juramentada de la víctima (o de su representante, si es menor)Suspendido
Examen médico que certifique «serios indicios» de violaciónSuspendido
Consentimiento informadoEl art. 19 está suspendido entero, pero el consentimiento sigue siendo necesario: lo exige el art. 150 del COIP y los lineamientos del MSP de 2023 lo piden por escrito

Los lineamientos operativos del MSP de febrero de 2023 recogen esta suspensión y mantienen como requisito el consentimiento informado escrito, que puedes dar, negar o revocar en cualquier momento. La Corte no ha dictado todavía, según la información que pudimos verificar, una sentencia de fondo sobre estas demandas: si lo hace, las reglas pueden cambiar.

Ojo: aunque a ti no te pidan denuncia, la ley (art. 24, num. 8) obliga al personal de salud a notificar el delito a la Fiscalía en un máximo de 24 horas, y los lineamientos del MSP de 2023 lo recogen. Esa notificación es una obligación del establecimiento y no una condición para atenderte. En julio de 2023 la Corte suspendió de forma provisional varias frases que exceptuaban el secreto profesional para esa notificación (causa 30-23-IN), así que su alcance exacto depende de la sentencia de fondo. Si después quieres denunciar tú, mira cómo denunciar violencia sexual en Ecuador.

¿Cómo se pide en un centro de salud del MSP o del IESS?

  1. Acude a un establecimiento de salud: centro de salud, hospital del MSP o, si estás afiliada, del IESS. La ley se aplica a todo el Sistema Nacional de Salud, público y privado. Para orientación o una cita puedes llamar a la Línea 171 del MSP.
  2. Di que el embarazo es producto de una violación y que quieres información sobre la interrupción voluntaria del embarazo.
  3. Recibes asesoría y atención integral: la ley incluye consejería antes y después, anticoncepción de emergencia, profilaxis de VIH, apoyo psicológico y orientación legal.
  4. Se confirma la edad gestacional y firmas el consentimiento informado.
  5. Plazo de atención: la ley da 4 días desde tu solicitud para hacer el procedimiento. Si el establecimiento no puede hacerlo, la dirección debe referirte a otro en 24 horas, y los costos de esa referencia no pueden recaer en ti.

Según los lineamientos del MSP de 2023, los centros de salud tipo A y B atienden de forma ambulatoria hasta las 10 semanas, con tratamiento farmacológico; los tipo C, hasta las 12 semanas, con tratamiento farmacológico o quirúrgico. En Quito, la cartera de servicios del Hospital Gineco-Obstétrico Isidro Ayora incluye el «acceso a la interrupción voluntaria del embarazo por causales legales». Este sitio no da dosis ni pautas: el tratamiento lo decide y lo vigila el personal de salud.

¿Es gratis el aborto por violación en un hospital público?

Sí. La ley dice que los servicios de interrupción voluntaria del embarazo en establecimientos públicos son gratuitos (arts. 5.d y 27.2). En los privados se cobra según las tarifas fijadas por la autoridad sanitaria.

¿Qué derechos tengo durante la atención?

  • Confidencialidad: el personal debe guardar secreto profesional sobre lo que cuentes en la consulta (art. 5, lit. a).
  • Sin requisitos adicionales: la ley prohíbe obstaculizar el acceso o pedir requisitos que no estén en ella.
  • Atención sin demoras: la ley insiste en evitar dilaciones innecesarias.
  • Anticoncepción de emergencia: deben ofrecértela de inmediato, hasta 120 horas después de la violación.
  • Atención de emergencia: si tu vida o tu salud están en riesgo, cualquier centro de salud, público o privado, debe recibirte de inmediato y sin pago previo (Ley de Derechos y Amparo del Paciente, art. 8).

¿Las menores de edad necesitan permiso de sus padres?

No. La ley pedía la autorización previa del representante legal, pero el 3 de junio de 2022 la Corte Constitucional suspendió esa exigencia (arts. 5.g, 12.6 y 22.6, causa 41-22-IN). Según los lineamientos del MSP, la niña o adolescente es quien da y firma su consentimiento informado. Para las menores de 14 años, el MSP recuerda que la ley presume que todo acceso carnal es violación, así que no hay que probarlo antes.

La ley (art. 12, num. 4) reconoce su derecho a recibir la información en compañía de su padre, madre, cuidador u otra persona adulta, salvo quien haya participado en la violación; si no la acompaña un adulto, el Estado debe garantizarle acompañamiento psicológico. Además, los lineamientos del MSP indican que el caso se notifica también a la Junta Cantonal de Protección de Derechos para que dicte medidas de protección inmediatas.

¿Un médico puede negarse por objeción de conciencia?

La ley reconoció la objeción de conciencia individual (art. 44), con la obligación de avisar a la dirección para que otro profesional te atienda, y prohibió la objeción institucional en los hospitales estatales (art. 25.5). El 16 de diciembre de 2022, la Corte Constitucional suspendió de forma provisional varias de estas disposiciones (partes de los arts. 24.10, 25.5, 26.3, 29, 30.4 y 44, causa 93-22-IN), y la prensa lo informó como una suspensión temporal de la objeción de conciencia. Al suspenderse la frase «cuando se trate de hospitales estatales», según la prensa la prohibición de la objeción institucional deja de limitarse a los hospitales públicos. El tema sigue pendiente de una sentencia de fondo.

Lo que no cambia: nadie puede negarte la atención de emergencia, y el establecimiento debe hacer el procedimiento en 4 días o referirte en 24 horas. Si te ponen trabas, pide hablar con la dirección del establecimiento o llama a la Línea 171.

Ve a emergencias o llama al ECU 911 si tienes: sangrado fuerte (empapas 2 toallas por hora), dolor abdominal muy fuerte, fiebre que no baja, mareos o desmayos, o si estás en peligro. Más señales en señales de alarma.

¿Qué hago si estoy pasada de 12 semanas?

Acude igual a un establecimiento de salud. Si hay un riesgo para tu vida o tu salud, puede aplicarse la otra causal del COIP: lee aborto terapéutico en Ecuador. Y si estás pensando en comprar medicamentos por tu cuenta, ten en cuenta que la ARCSA pide no comprar medicinas por redes sociales: revisa medicamentos falsificados.

Preguntas frecuentes

¿Necesito denuncia para abortar por violación en Ecuador?

Según la última información pública disponible, no. El artículo 19, que pedía denuncia, declaración juramentada o examen médico, está suspendido provisionalmente por la Corte Constitucional (auto del 11/11/2022, causa 76-22-IN, notificado el 28/11/2022). Lo que firmas es el consentimiento informado.

¿Hasta cuántas semanas se puede abortar por violación en Ecuador?

Hasta las 12 semanas de gestación, para todas las mujeres, niñas y adolescentes. Las 18 semanas que aprobó la Asamblea no entraron en vigor por el veto presidencial.

¿Es gratis en el hospital público?

Sí. La ley establece que la interrupción voluntaria del embarazo por violación es gratuita en los establecimientos públicos de salud.

¿Una adolescente necesita permiso de sus padres?

No. El 3 de junio de 2022 la Corte Constitucional suspendió (causa 41-22-IN) la exigencia de autorización del representante legal. La adolescente da y firma su propio consentimiento informado.

¿En cuánto tiempo me deben atender?

La ley da 4 días desde la solicitud. Si el establecimiento no puede hacer el procedimiento, debe referirte a otro en un máximo de 24 horas, sin costo para ti.

Fuentes

  1. Ley Orgánica que Regula la IVE en caso de Violación, texto (R.O. 53, 2.º Supl., 29/04/2022) — Derecho Ecuador
  2. Escrito que cita el R.O. 53 de la ley — Corte Constitucional del Ecuador
  3. Veto presidencial: plazo único de 12 semanas — Primicias, 2022
  4. Suspenden artículo que regula requisitos para aborto por violación — Primicias, 2022
  5. Corte Constitucional elimina barreras para el acceso al aborto — Primicias, 30/11/2022
  6. Corte Constitucional suspende temporalmente los requisitos (art. 19) — INREDH, 29/11/2022
  7. Menores víctimas de violación ya no necesitan autorización de terceros — Vistazo, 05/07/2022
  8. Corte Constitucional suspende objeción de conciencia en aborto por violación — Primicias, 22/12/2022
  9. Amicus curiae en las causas 41-22-IN y acumuladas (estado a 31/03/2025) — O'Neill Institute, Georgetown, 2025
  10. Lineamientos para la Atención Integral y Acceso Efectivo a IVE por violación — MSP, febrero 2023 (copia publicada por Surkuna)
  11. Sentencia 34-19-IN/21: no se requiere sentencia condenatoria — El Comercio, 2021
  12. Cartera de servicios del HGOIA — Hospital Gineco-Obstétrico Isidro Ayora, 2023
  13. Ley de Derechos y Amparo del Paciente — MSP
  14. Línea gratuita 171 — MSP, 2021
  15. Mifepristona y misoprostol: signos de alerta — Memorial Sloan Kettering (español)
  16. Auto de admisión de la causa 76-22-IN, Sala de Admisión de la Corte Constitucional, 11/11/2022 (copia publicada por CEPAM)
  17. Auto de admisión de la causa 41-22-IN (suspende arts. 5 lit. g, 12 num. 6 y 22 num. 6), Sala de Admisión, 03/06/2022 — Corte Constitucional del Ecuador
  18. Auto de admisión de la causa 93-22-IN (objeción de conciencia), Sala de Admisión, 16/12/2022 — Corte Constitucional del Ecuador (copia alojada en ojs.uc.cl)
  19. Escrito en la causa 30-23-IN que transcribe el auto de 21/07/2023 — expediente de la Corte Constitucional

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